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Ecuador~Ley 03-1996

 

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Protección de la Biodiversidad

 

CONGRESO NACIONAL

Considerando:

Que al momento se están llevando a cabo investigaciones e inventarios sobre las especies que constituyen la biodiversidad ecuatoriana, en procura de sustancias que tengan propiedades medicinales;

 

Que la amazonía ecuatoriana alberga entre cinco y diez millones de especies, de las cuales han sido descritas un millón cuatrocientos mil, incluyendo doscientos cincuenta mil plantas;

 

Que la protección a nuestra biodiversidad es condición indispensable para preservar el medio ambiente, la vida y la salud del pueblo ecuatoriano, coadyuvando a preservar la del planeta, por lo cual los beneficios que genere deben regularse bajo postulados de las modernas corrientes de la defensa ecológica y del desarrollo sustentable; y,

 

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, expide la siguiente:

 

LEY QUE PROTEGE LA BIODIVERSIDAD EN EL ECUADOR

Art. 1.-  Se considerarán bienes nacionales de uso público, las especies que integran la diversidad biológica del país, esto es, los organismos vivos de cualquier fuente, los ecosistemas terrestres y marinos, los ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte.

 

El Estado Ecuatoriano tiene el derecho soberano de explotar sus recursos en aplicación de su propia política ambiental.

 

Su explotación comercial se sujetará a las leyes vigentes y a la reglamentación especial, que para este efecto, dictará el Presidente Constitucional de la República, garantizando los derechos ancestrales de las comunidades indígenas sobre los conocimientos, los componentes intangibles de biodiversidad y los recursos genéticos a disponer sobre ellos.

Art. 2.-  La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial y prevalecerá sobre las que se le opongan.

 

Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, en la Sala de Sesiones del Congreso Nacional del Ecuador, a los cuatro días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y seis.

 

FUENTES DE LA PRESENTE EDICIÓN DE LA LEY QUE PROTEGE LA BIODIVERSIDAD EN EL ECUADOR

1.- Ley 3 (Registro Oficial 35, 27-IX-96).

FUENTES DE LA PRESENTE EDICIÓN DEL CONVENIO SOBRE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA

1.- Registro Oficial 647, 6-III-95

 

 

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Última modificación: Sábado, 11 de Junio de 2005